Por Jesús Francisco,
Varias fuentes usadas incluyendo: Wikipedia, Family Search, HGCyC, NTR
Cuando los españoles llegaron al continente americano, el viernes 12 de octubre de 1492 y trajeron consigo el clero católico, impusieron y establecieron los registros de los sacramentos eclesiásticos, conocidos también como registros parroquiales.
Los registros parroquiales se establecieron en España al comienzo del siglo XV a través del cardenal de la Iglesia Católica, Francisco Jiménez de Cisneros, en 1483, quién decide y decreta que todos los niños y niñas que sean bautizados debían de llevar ya dos apellidos, el del padre y el de la madre, pero no indicaba el orden que debían tener. Incluso solicitó que aparecieran registrados también los nombres de los abuelos, pero esto último no siempre se siguió.
Sin embargo, su fundación oficial se dá en el Concilio de Trento que ocurrió durante los años de 1545 a 1563.
El Concilio de Trento en Italia, se dió mediante 25 sesiones entre los años antes mencionados y fué la sesión del 3 de marzo de 1547 en la que se dan los Canónes sobre los sacramentos en general y en particular sobre el bautismo y la confirmación; mientras que por otro lado el 11 de noviembre de 1563 se dá la doctrina sobre el sacramento del matrimonio.
El concilio ordenó que las parroquias comenzaran a registrar los bautismos, matrimonios y defunciones. Esta orden fué secundada en España y sus dominios a través de los Reyes.
Los principales tipos de registros eclesiásticos que se iniciaron fueron: Bautismo, Confirmación, Información Matrimonial, Matrimonios, Dispensas Matrimoniales y Defunciones.
En Nueva España, sólo los españoles y tlaxcaltecas fueron considerados dignos de ser bautizados con nombre y apellidos; los primeros por ser de casta "española" y los segundos como reconocimiento a su apoyo a Hernán Cortéz durante la conquista.
Al resto de los indígenas se les bautizaba con dos nombres: el de José más el nombre del Santo del Día en turno para los hombres, y el de María y el Santo del Día en turno para las mujeres.
Esta práctica se continuó hasta aún entrado el siglo XVIII y en algunos lugares todavía ha inicios del siglo XIX.
Con la llegada de la independencia lo anterior fue cambiando, poco a poco, dándose el caso de que a los indígenas y las subsequentes castas, producto del mestizaje, se les fue registrando con nombre y apellidos pero éstos últimos podrían ser el que los bautizados o sus progenitores quisieran.
Lo más común era tomar el apellido de los señores de la casa donde los padres trabajaban si éstos eran sirvientes o bien de los dueños de la hacienda si estos laboraban y/o vivían en la misma, por ejemplo tomémos el caso de Benito Juárez cuyo apellido fue tomado de los dueños de la hacienda donde trabajaban sus padres.
Fue el propio Benito Juárez quien hizo que esto cambiara, y tuviera un mejor orden, a través de la creación del Registro Civil mediante las leyes de Reforma de 1859.
Varias fuentes usadas incluyendo: Wikipedia, Family Search, HGCyC, NTR
Cuando los españoles llegaron al continente americano, el viernes 12 de octubre de 1492 y trajeron consigo el clero católico, impusieron y establecieron los registros de los sacramentos eclesiásticos, conocidos también como registros parroquiales.
Los registros parroquiales se establecieron en España al comienzo del siglo XV a través del cardenal de la Iglesia Católica, Francisco Jiménez de Cisneros, en 1483, quién decide y decreta que todos los niños y niñas que sean bautizados debían de llevar ya dos apellidos, el del padre y el de la madre, pero no indicaba el orden que debían tener. Incluso solicitó que aparecieran registrados también los nombres de los abuelos, pero esto último no siempre se siguió.
Sin embargo, su fundación oficial se dá en el Concilio de Trento que ocurrió durante los años de 1545 a 1563.
El Concilio de Trento en Italia, se dió mediante 25 sesiones entre los años antes mencionados y fué la sesión del 3 de marzo de 1547 en la que se dan los Canónes sobre los sacramentos en general y en particular sobre el bautismo y la confirmación; mientras que por otro lado el 11 de noviembre de 1563 se dá la doctrina sobre el sacramento del matrimonio.
El concilio ordenó que las parroquias comenzaran a registrar los bautismos, matrimonios y defunciones. Esta orden fué secundada en España y sus dominios a través de los Reyes.
Los principales tipos de registros eclesiásticos que se iniciaron fueron: Bautismo, Confirmación, Información Matrimonial, Matrimonios, Dispensas Matrimoniales y Defunciones.
Al resto de los indígenas se les bautizaba con dos nombres: el de José más el nombre del Santo del Día en turno para los hombres, y el de María y el Santo del Día en turno para las mujeres.
Esta práctica se continuó hasta aún entrado el siglo XVIII y en algunos lugares todavía ha inicios del siglo XIX.
Con la llegada de la independencia lo anterior fue cambiando, poco a poco, dándose el caso de que a los indígenas y las subsequentes castas, producto del mestizaje, se les fue registrando con nombre y apellidos pero éstos últimos podrían ser el que los bautizados o sus progenitores quisieran.
Lo más común era tomar el apellido de los señores de la casa donde los padres trabajaban si éstos eran sirvientes o bien de los dueños de la hacienda si estos laboraban y/o vivían en la misma, por ejemplo tomémos el caso de Benito Juárez cuyo apellido fue tomado de los dueños de la hacienda donde trabajaban sus padres.
Fue el propio Benito Juárez quien hizo que esto cambiara, y tuviera un mejor orden, a través de la creación del Registro Civil mediante las leyes de Reforma de 1859.